¿Te han denegado el ARRAIGO SOCIAL argumentando que la empresa no tiene solvencia suficiente?

En este caso, nuestro equipo de Abogados especializados en Extranjería en Alicante presentó, ante la Oficina de Extranjería de Alicante una solicitud de ARRAIGO SOCIAL que fue denegada.

Los argumentos de la Subdelegación fueron los siguientes:

– Según la Vida Laboral de la empresa los trabajadores que han sido contratados nunca llegaron al año, por lo tanto, tampoco podían asegurar que a nuestro cliente le fueran a mantener el contrato por ese tiempo.

– Según consulta de la AEAT la empresa tenía deudas tributarias pendientes.

Como sabrás, para la obtención de la autorización de residencia temporal y trabajo por ARRAIGO SOCIAL debe demostrarse que la empresa es solvente y que no tiene deudas.

SIN EMBARGO, estos requisitos no se pueden tomar “al pie de la letra”, debiendo ser estudiada cada solicitud y cada caso de forma individualizada.

Y por ello, nuestros Abogados especializados en Extranjería en Alicante decidieron presentar RECURSO DE REPOSICIÓN en fecha 15/09/22.

En el RECURSO DE REPOSICION de nada menos que 35 páginas, explicamos claramente la falta de argumentación razonada de la Subdelegación, sobre todo porque el hecho de que, si bien los anteriores trabajadores de la empresa no llegaran a cumplir el año, ello no debe afectar de ningún modo a la situación de nuestro cliente. Siendo un argumento más bien subjetivo y abierto a multitud de interpretaciones.

En relación a las posibles deudas de la empresa, explicamos detalladamente la situación real de la misma, como afecto a su facturación el año 2020 por el Covid-19, algo que no debe obviarse dado que ha día de hoy las empresas siguen pagando las consecuencias…

Mencionamos varias sentencias favorables que apoyaban nuestra argumentación y solicitamos que se analizara el caso de forma personalizada, atendiendo a todas las circunstancias, y que no fuera tratado como un expediente más “del montón”.

 

Dos meses después, el día 10/11/22 recibimos la RESOLUCIÓN ESTIMATORIA DEL RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto contra la denegación de ARRAIGO SOCIAL.

La Oficina de Extranjería de Alicante reconoce como válidos los argumentos de nuestro equipo de Abogados especializados en Extranjería y concede la autorización de residencia temporal y trabajo por ARRAIGO SOCIAL a nuestro cliente.

¿A ti te han denegado tu solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo?

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